De nuestra mayor consideración
Desde la Fundación Ciudad Abierta, nos dirigimos a usted y por su intermedio a todo el cuerpo de concejales de la ciudad de Junín, con el objetivo de presentar para su tratamiento el siguiente proyecto de ordenanza, que busca fomentar la donación voluntaria de sangre en nuestra comunidad, facilitando la comunicación entre los potenciales donantes y las personas o instituciones que la necesiten.
Esta iniciativa busca institucionalizar y regular la creación de un registro administrado por la Secretaría Municipal de Salud, permitiendo contar con una base de datos actualizada de vecinos y vecinas dispuestos a realizar este acto altruista. El propósito es garantizar un acceso más ágil y organizado a dadores en casos de emergencias, intervenciones quirúrgicas y otras necesidades de transfusión, colaborando así con el banco de sangre de nuestra región.
Confíanos en que este proyecto de ordenanza sea debatido y perfeccionado en el seno del concejo deliberante para una eficiente implementación.
Creación del Registro Municipal de Donantes Voluntarios de Sangre:
VISTO:
La necesidad de fomentar y facilitar la donación de sangre en el partido de Junín, considerando que se trata de un acto solidario de vital importancia para la atención de emergencias médicas y cirugías; y
CONSIDERANDO:
Que es deber del Municipio promover políticas públicas que incentiven la participación comunitaria en acciones que beneficien la salud pública.
Que la creación de un Registro Municipal de Donantes Voluntarios de Sangre permitirá agilizar la búsqueda de donantes ante situaciones de urgencia y contribuirá al fortalecimiento del sistema sanitario local y el Centro de Colecta y Distribución de Hemocomponentes de la Región Sanitaria.
Que el acto de donar sangre debe ser reconocido como un gesto generoso y, en ese sentido, merece ser fomentado mediante incentivos adecuados.
Que a fines del año 1998 Susana Vázquez, propuso ante el Párroco de la Iglesia San
Ignacio la idea de trabajar en un registro de donantes de Sangre desde “Caritas San Ignacio”. Luego, Susana Lioide Malizia se plegó en la propuesta y comenzaron a desarrollar la iniciativa con el asesoramiento técnico de Fernanda Silverman Técnica en Hemoterapia del HIGA y el apoyo del Diario la Verdad, La Sociedad Rural y Famyl.
Que actualmente el único registro de donantes voluntarios que existe en Junin es de Caritas San Ignacio, administrado por sus promotoras.
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNÍN SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º: Creación del Registro Municipal
Créase el » Registro Municipal de Donantes Voluntarios de Sangre » en la ciudad de Junín, que funcionará bajo la órbita de la Secretaría Municipal de Salud.
ARTÍCULO 2º: Finalidad
El Registro Municipal de Donantes Voluntarios de Sangre tendrá por objetivo:
- Facilitar el acceso a una red de personas voluntarias dispuestas a donar sangre de forma regular.
- Proveer información confiable y actualizada al Centro de Colecta y Distribución de Hemocomponentes, a las entidades públicas y privadas de salud y a las personas que requieran donantes por emergencias o procedimientos médicos.
ARTÍCULO 3º: Inscripción en el Registro
Podrán inscribirse en el Registro Municipal de Donantes Voluntarios de Sangre todas aquellas personas que cumplan con los siguientes requisitos:
- Ser mayores de 18 años.
- Cumplir con las condiciones de salud establecidas por la normativa nacional vigente sobre donación de sangre.
ARTÍCULO 4º: Administración del Registro
La Secretaría Municipal de Salud será la responsable de:
- Administrar el Registro Municipal de Donantes Voluntarios de Sangre.
- Garantizar la protección de los datos personales conforme a la legislación vigente sobre protección de datos.
- Promover campañas de difusión y concientización sobre la importancia de la donación de sangre.
ARTÍCULO 5º: Convenios de Cooperación
Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir convenios con hospitales, clínicas privadas, UNNOBA y organizaciones de la sociedad civil para articular acciones que fortalezcan la difusión y la operatividad del Registro.
ARTÍCULO 6º: Reconocimiento
El Honorable Concejo Deliberante reconoce como Personas Destacadas de la Comunidad a la Sra. Susana Vázquez, y a la Sra. Susana Lioide Malizia por la invaluable labor altruista de promover, mantener y coordinar, durante más de 26 años, un registro privado de donantes voluntarios de sangre, cuya tarea ha sido fundamental para la salud pública de la ciudad de Junín.
ARTÍCULO 7º: Reglamentación
El Departamento Ejecutivo deberá reglamentar la presente ordenanza en un plazo de 60 días desde su promulgación.
ARTÍCULO 8º: Comuníquese
Comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.